LA EPIDEMIA DE LOS CHEQUES RECHAZADOS: EJECUTAR RÁPIDO A LOS DEUDORES Y EL BOOM DE LOS CHEQUES EN DÓLARES

Por Dr. Julián Obregón – Abogado

El cheque, ya sea en su clásica versión de papel o en su moderno formato electrónico (e-cheq), es el motor que impulsa los negocios en nuestra región agroindustrial. Con ellos se compran insumos, se pagan fletes y se financian maquinarias todos los días. Sin embargo, en los últimos meses, los empresarios y productores se están enfrentando a un dolor de cabeza cada vez más frecuente: el aumento de cheques rechazados por falta de fondos.

Tener un cheque rechazado en la mano o una notificación del homebanking que nos avisa que el e-cheq ha sido rechazado, no es solo una frustración; es un problema financiero que rompe la cadena de pagos. Ante este escenario, el peor error que puede cometer un acreedor es dejar pasar el tiempo o aceptar excusas interminables.

Un informe del Banco Central de la República Argentina ha plasmado una situación alarmante: en febrero del 2026 han sido rechazados 90.000 cheques, y en marzo del 2026 la cifra subió a 112.000 rechazos. Sin embargo, lo que más impacta al leer los datos, es que en marzo del 2025, los cheques rebotados alcanzaron los 55.000; esto demuestra un aumento de alrededor del 100% respecto de los períodos Marzo 2025-Marzo 2026.

Desde lo jurídico y financiero, el panorama ofrece herramientas muy veloces para recuperar el capital y, lo que es más importante hoy, para evitar que la inflación o el tipo de cambio licúen el trabajo y las ganancias.

¿Cuáles son las herramientas que tiene el comerciante o productor ante esta situación?

I. La descarga del CAC

Para que un cheque rechazado tenga valor legal y permita reclamar la deuda, debe estar correctamente documentado. Si se tiene un cheque de papel tradicional, la constancia fundamental es el sello de rechazo bancario al dorso del mismo documento. En cambio, si se opera con e-cheqs, el primer paso innegociable es solicitarle al Banco la descarga del C.A.C. (Certificado de Acciones Civiles). Ambos documentos son la prueba irrefutable de quién es el  deudor y el acreedor de ese dinero y la llave maestra para iniciar el reclamo. Sin ellos, no hay posibilidades de entablar las acciones correspondientes.

II. El Juicio Ejecutivo: Velocidad y Embargo

Muchos empresarios le escapan a la justicia por miedo a juicios que duran años. Pero el cheque (físico o electrónico) tiene lo que en derecho llamamos «fuerza ejecutiva». No se inicia un juicio ordinario y largo para discutir por qué le deben ese dinero o si el servicio prestado fue bueno o malo. Se inicia un Juicio Ejecutivo, es decir, un proceso exprés donde el juez constata que el cheque físico o e-cheq existe, que está rechazado y, casi de manera automática, ordena trabar embargos sobre las cuentas bancarias, bienes o créditos de su deudor. La presión cambia de lado: ahora es el deudor quien tiene las cuentas congeladas hasta que se le pague al acreedor.

III. La trampa de la Sustitución

Es muy común que el deudor llame desesperado pidiendo que no lo ejecute judicialmente y ofreciéndo «sustituir» el cheque rebotado por uno nuevo a 30 o 60 días – incluso pagando una parte en transferencia u otra forma de pago -. Es necesario hacer una advertencia sobre este mecanismo: cambiar un papel sin fondos por otro papel (o e-cheq) a futuro es un pésimo negocio jurídico. Si se decide darle un respiro a su deudor y aceptar un plan de pagos o una sustitución, ese acuerdo debe documentarse correctamente. Debe exigirse la firma de un convenio de reconocimiento de deuda, preferentemente respaldado con garantías reales o avales personales sólidos (por ejemplo, que los socios de la empresa deudora avalen la deuda con su propio patrimonio). Es necesario también dejar plasmados en este documento si se ha realizado un pago parcial por otro medio.

IV. El Cheque o e-cheq en dólares

En nuestra zona, los costos de fertilizantes, repuestos, maquinarias o insumos están dolarizados. Por eso, financiar a largo plazo en pesos implica un riesgo enorme. Aquí entra a jugar el cheque en dólares, una herramienta que es un verdadero escudo contra la devaluación. Un detalle técnico clave es que por disposición del Banco Central, para operar en dólares, el cheque debe emitirse obligatoriamente en formato e-cheq, es decir sólo como cheque electrónico a través del homebanking.

Lo más importante es que ahora existe un encuadre legal para emitir cheques en moneda extranjera. Antes, si se rechazaba un cheque en dólares y lo llevaban a juicio, la ley le permitía al deudor liberarse pagando pesos al tipo de cambio oficial, haciéndole perder casi la mitad del capital. Hoy, gracias a las modificaciones del DNU 70/2023 al Código Civil y Comercial de la Nación, el acreedor tiene la posibilidad de recuperar lo que realmente le deben.

El deudor que firma un e-cheq en dólares está obligado a pagar en dólares billete, o en la cantidad de pesos suficientes para que se adquieran esos dólares en el mercado financiero (Dólar MEP). El riesgo cambiario lo asume el que debe, no el que cobra.

La confianza es la base del comercio en nuestra región, pero cuando la cadena de pagos se rompe, la confianza debe dar paso a la estrategia legal. Un cheque físico o e-cheq rechazados no son dinero perdido, son un crédito exigible. Actuar rápido y con el respaldo jurídico adecuado es la única forma de asegurar que el esfuerzo del trabajo no quede atrapado en la cuenta vacía de un tercero.

 

Dr. Julián Obregón- julianobregonn@gmail.com