Según establece el cronograma de la Cámara Nacional Electoral, la veda electoral de las PASO rige hasta 3 horas después del cierre de los comicios.
Qué no se puede hacer en veda electoral
Según indica la Dirección Nacional Electoral, durante la veda electoral no se permite:
- Realizar actos públicos de campaña
- Proselitismo electoral
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales: se mantiene la prohibición también durante elección y hasta 3 horas después de su cierre.
- Vender bebidas alcohólicas hasta tres horas después del cierre de comicios.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.